El Gobierno libera el uso de coseguros en planes básicos de salud: ¿Qué significa?

En una decisión que ha generado diversas reacciones y algunas incertidumbres, el Gobierno Nacional ha dispuesto habilitar a las prepagas y obras sociales a fijar libremente los precios de los coseguros dentro del Programa Médico Obligatorio (PMO).

Por Dr. Daniel Cassola

Hasta ahora, estos valores eran estipulados por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS). Esta medida afecta principalmente a las obras sociales nacionales y a algunos clientes de prepagas, especialmente aquellos con planes más básicos.

La reciente Resolución 1926/2024 ha dejado sin efecto los aranceles vigentes en concepto de coseguros establecidos para las prestaciones médico-asistenciales contempladas en el PMO y sus normas complementarias. Ahora, estos aranceles podrán ser fijados libremente por las entidades correspondientes. Desde el Gobierno, se asegura que esta medida solo afecta a “obras sociales, mutuales y asociaciones sin fines de lucro”. Sin embargo, las prepagas sostienen que también están alcanzadas por esta nueva normativa y que podrán determinar los montos como consideren adecuado.

Es importante aclarar la diferencia entre coseguros y copagos. Los coseguros son «extras» autorizados y regulados por la SSS hasta ahora, mientras que los copagos, a menudo aplicados fuera de la ley, son sumas que los pacientes pagan directamente por servicios médicos. La medida de liberar los coseguros, según fuentes oficiales, no debería incluir a las prepagas debido a que ya fueron desreguladas por completo por el DNU de Javier Milei de finales de 2023.

Desde las compañías de medicina privada, sin embargo, creen que la resolución sí las alcanza. Voceros de las prepagas afirman que, aunque el Gobierno asegura lo contrario, “deberían haberlo aclarado en esta resolución; creemos que sí nos afecta. Desde la propia Superintendencia nos lo confirmaron”.

El documento oficial del Gobierno argumenta que la decisión está orientada a garantizar una mayor competitividad y transparencia en el Subsistema de Salud. Además, se pretende que los usuarios tengan claro qué servicios pueden requerir un costo adicional. Esta medida se enmarca dentro del reordenamiento del sistema de salud que el Gobierno Nacional está impulsando, buscando mejorar la calidad de los servicios sanitarios y promover una mejor oferta para los beneficiarios.

La normativa excluye ciertas prestaciones de la liberalización de los precios de los coseguros, incluyendo tratamientos oncológicos, discapacidad, plan materno infantil, y tratamientos para Hepatitis, VIH y otras enfermedades transmisibles, así como las comprendidas por el Sistema Nacional de Protección de Trasplantados.

La resolución estipula que los valores de los coseguros asociados a cada prestación médica deberán ser informados a los beneficiarios con 30 días de antelación y publicados en la página web de la Superintendencia de Servicios de Salud. Esto se hace con el objetivo de asegurar que los beneficiarios estén debidamente informados y puedan tomar decisiones más acertadas sobre su cobertura de salud.

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