Turismo internacional: se modifica el acceso de extranjeros al sistema de salud pública

Por Redacción Curar con Opinión

A partir del próximo 1° de julio entrará en vigencia la reforma migratoria impulsada por el Gobierno nacional, que introduce cambios significativos en el acceso de los extranjeros al sistema de salud pública. La medida fue oficializada mediante el Decreto N° 366/2025, publicado en el Boletín Oficial, que actualiza diversos aspectos de la Ley de Migraciones 25.871.

El nuevo marco normativo establece que los extranjeros residentes permanentes podrán acceder al sistema de salud pública en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos. Además, se garantiza que, en casos de emergencia, no se podrá negar ni restringir la asistencia social o sanitaria a ningún extranjero, sin importar su situación migratoria.

Sin embargo, la reforma introduce un nuevo requisito para los residentes temporales y transitorios. En los establecimientos sanitarios administrados por el Estado Nacional, se exigirá la presentación de un seguro de salud o el pago anticipado del servicio para acceder a tratamientos médicos o consultas habituales. La falta de un seguro médico podrá incluso ser causal para denegar el ingreso al país, según las disposiciones actualizadas.

Durante su discurso de Apertura de Sesiones en el Congreso, el presidente Javier Milei había anticipado esta medida al señalar que una reforma migratoria era necesaria para consolidar un país “serio”. El decreto también refuerza la exigencia de que los extranjeros cuenten con medios económicos suficientes y sin antecedentes penales para obtener la residencia permanente.

Por su parte, el texto legal reafirma el derecho de los extranjeros, incluso en condición migratoria irregular, a ser admitidos como alumnos en niveles educativos inicial, primario y secundario, tanto en instituciones públicas como privadas. En el ámbito de la educación superior, la gratuidad de los estudios de grado en instituciones estatales se mantendrá para ciudadanos argentinos y extranjeros con residencia permanente. Para quienes no tengan esta condición, las universidades podrán establecer retribuciones por el servicio educativo.

El decreto también introduce precisiones sobre la figura de la residencia precaria, que habilita a los extranjeros en trámite migratorio a permanecer, trabajar y estudiar en el país por períodos renovables de hasta 90 días, sin que ello implique el reconocimiento automático de residencia permanente.

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