Documento de la SAP: la lactancia materna “no es una responsabilidad exclusiva de la madre”

Los pediatras nucleados en la Sociedad Argentina de Pediatría (SAP) recalcan el rol de la pareja, de la familia, del entorno social y del ámbito laboral.  Advierten un cumplimiento muy escaso de la legislación vigente, que prevé en el trabajo “espacios amigos de la lactancia”, 2 intervalos de media hora para amamantar y lugares adecuados para la extracción de leche, entre otros aspectos.

Por Dr. Daniel Cassola

Bajo el título “Lactancia Materna, una responsabilidad compartida”, la Sociedad Argentina de Pediatría (SAP) emitió un documento en el que destaca que es un derecho del bebé recibir el alimento perfecto que representa la leche humana, pero que no es responsabilidad sólo de la madre mantener el amamantamiento.

 “La recomendación de lactar en forma exclusiva hasta los 6 meses de edad y luego complementaria con otros alimentos hasta los 2 años, o más, de vida del bebé, no debe asumirse como un acto que sólo le incumbe a la mamá, sino que involucra un compromiso del que participan y son responsables los restantes miembros del grupo familiar, del trabajo y de la sociedad toda en su conjunto”, sostuvo Roxana Conti, secretaria del Comité de Lactancia Materna de la SAP.

“Enfocar la lactancia con corresponsabilidad nos lleva a asumirla como un hecho cultural, colectivo, una tarea compartida que tiene un gran impacto en la salud de la persona que amamanta y también de la persona recién nacida, tanto en lo inmediato como en la salud futura”, destaca el documento, que contó con la adhesión de la Defensoría del Pueblo de la Nación.

El trabajo enfatiza la importancia del acompañamiento, tanto de la pareja y la familia como de todo el entorno, y que los ámbitos de trabajo deben adecuarse y propiciar ambientes que contribuyan a esta tarea. A ese respecto, reconocen que en la Argentina existen leyes y políticas públicas que garantizan los derechos de las personas a amamantar y ser amamantadas, como la Ley N° 26.873 de Lactancia Materna o la recientemente sancionada “Ley de los 1000 días”, que ofrece acompañamiento y asistencia en el embarazo y durante los primeros tres años de vida de los niños y las niñas, a todas las personas gestantes.

“Sin embargo, pese a toda la legislación respaldatoria, a la hora de la verdad son pocos los lugares de trabajo que cuentan con un espacio para amamantar. Muchas mujeres abandonan la lactancia exclusiva a causa de sus compromisos laborales”, afirmó Débora Sabatelli, médica pediatra y neonatóloga de la SAP.

En cuanto a la normativa vigente, el art. 179 de la ley N° 20.744 de Contrato de Trabajo establece que “toda trabajadora que amamanta podrá disponer de dos (2) descansos de media hora para amamantar a su hijo en el transcurso de la jornada de trabajo y por un período no superior a un (1) año posterior a la fecha del nacimiento, salvo que por razones médicas sea necesario que la madre amamante a su hijo por un lapso más prolongado”.

Mientras que la ley N° 26.873 de Lactancia Materna, Promoción y Concientización Pública, señala que “en caso de que no pueda llevar a su hijo/a al lugar de trabajo, éste debe contar con espacios adecuados (limpios, cómodos y respetuosos) para la extracción de leche y su conservación adecuada durante la jornada laboral”.

La 2a Encuesta Nacional de Nutrición y Salud (ENNyS2, 2018-19) indica que la prevalencia de lactancia en la Argentina al momento del nacimiento es del 96,9% y más de la mitad de los niños (56,5%) fue puesto al pecho por primera vez en la primera hora de nacido. Sin embargo, a los 6 meses, la lactancia exclusiva se reduce bruscamente al 43,7%. Según datos relevados en dicho documento, 1 de cada 10 lactancias se pierde por motivos relacionados con el retorno al trabajo.

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