El Gobierno analiza limitar los aumentos de las prepagas tras fuertes subas en 2024
Por Redacción Curar con Opinión
Las cuotas de la medicina prepaga fueron las que más aumentaron en 2024, superando ampliamente la inflación y afectando el presupuesto de los sectores medios y jubilados. Ante esta situación, el Gobierno estudia la implementación de un decreto para limitar los incrementos.
En el último año, las prepagas incrementaron sus tarifas un 124%, apenas por debajo del costo de vida, que ascendió al 127,8%. A pesar de la desaceleración inflacionaria registrada en enero, con un índice del 2,2%, desde la administración libertaria buscan impedir que las empresas de medicina privada continúen con ajustes constantes.
Según trascendió, la nueva regulación impedirá aumentos generalizados y obligará a las prepagas a diferenciar los ajustes según el tipo de plan contratado. Además, para los adultos mayores, los aumentos no podrán superar el triple de lo cobrado a los afiliados jóvenes.
En enero, las empresas del sector aplicaron subas de entre el 3% y el 3,9%, casi el doble del índice de precios al consumidor (IPC) general. No obstante, los representantes de las prepagas justificaron estos aumentos argumentando que el costo de la salud supera el promedio de los precios.
Cinco grandes firmas del sector ya notificaron a sus afiliados sobre los nuevos valores de los aranceles correspondientes a enero, con incrementos de hasta el 4%.
Paralelamente, en diciembre de 2024, el Gobierno imputó a las principales prepagas por presunta cartelización en la fijación de precios. Entre las empresas investigadas se encuentran Galeno, Hospital Británico, Hospital Alemán, Medifé, Swiss Medical, Omint y OSDE, así como la Unión Argentina de Salud (UAS) y Claudio Belocopitt.
Desde la Secretaría de Industria y Comercio informaron que la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) fijó un plazo máximo de 90 días hábiles para la presentación de pruebas, con posibilidad de una prórroga por otros 90 días. Una vez concluido este período, las empresas tendrán seis días hábiles para presentar sus alegatos.
El artículo 2 de la Ley de Cartelización clasifica estas prácticas como «absolutamente restrictivas de la competencia», prohibiendo acuerdos entre competidores para fijar precios, restringir la oferta, repartirse el mercado o coordinar posturas en licitaciones, concursos o subastas.
