Por Redacción Curar con Opinión
El Gobierno nacional ha dado un paso clave en la regulación del sistema de salud al publicar la Resolución 3284/2024 en el Boletín Oficial, la cual pone fin a las intermediaciones de obras sociales fantasma entre las empresas de medicina prepaga y los beneficiarios. A partir de esta medida, los aportes y contribuciones podrán ser derivados directamente a las obras sociales o prepagas, eliminando las triangulaciones que afectaban la transparencia del sistema.
La Superintendencia de Servicios de Salud determinó que, desde el 1 de diciembre, todas las prepagas que ofrezcan planes de salud financiados, parcial o totalmente, con fondos de la seguridad social, deberán inscribirse en el Registro Nacional de Agentes del Seguro (RNAS), según lo establece el artículo 1 de la Ley 26.682. Esta disposición busca garantizar que las entidades estén debidamente registradas y supervisadas para ofrecer planes de salud bajo los parámetros del sistema de seguridad social.
En un comunicado oficial, las autoridades sanitarias recordaron que esta medida se enmarca en las reformas impulsadas por el presidente Javier Milei, quien desreguló el sistema de salud mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23. Este decreto modificó las leyes Nº 23.660 y Nº 23.661, incorporando como agentes del seguro de salud a las empresas de medicina prepaga, permitiendo que reciban aportes directamente desde el Sistema Nacional del Seguro de Salud.
La creación del Registro Nacional de Agentes del Seguro (RNAS) permitió a las prepagas inscribirse y recibir los aportes de forma directa. Sin embargo, el Gobierno ha advertido que aquellas entidades que no cumplan con la inscripción obligatoria no podrán comercializar sus planes de salud y serán sancionadas conforme a la Ley 26.682.









