Prohíben importación, comercialización y publicidad de dispositivos de tabaco calentado

Por Redacción Curar con Opinión

El Ministerio de Salud de Argentina ha emitido una resolución que prohíbe la importación, distribución, comercialización, publicidad y cualquier tipo de promoción y patrocinio en todo el territorio argentino de los sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco, comúnmente conocidos como «Productos de Tabaco Calentado» (PTCs).

La medida es un paso adelante en las políticas de control del tabaco que son tan necesarias en un país donde el 22% de los mayores de 18 años consume tabaco y donde los jóvenes empiezan a fumar a los 12 años, según la codirectora ejecutiva de la Fundación Interamericana del Corazón (FIC), Marita Pizarro.

Con esta medida, Argentina se une a otros países como Panamá, Uruguay, México, Australia y Brasil en la prohibición de los PTCs. Mientras que países como Canadá, Reino Unido, España e Italia han regulado los PTCs, otros países han prohibido su comercialización al entender que no hay una concentración segura de estas partículas para que no se enfermen no sólo quienes los usan, sino quienes están expuestos al vapor que desprenden.

La resolución publicada en el Boletín Oficial por la cartera sanitaria busca restringir el uso de los PTCs, que tienen una apariencia similar a los cigarrillos electrónicos o vapeadores, pero en lugar de combustionar un líquido que contiene tabaco, calientan un cigarrillo especial elaborado con hojas de tabaco prensadas y nicotina a una temperatura que no llega a producir la combustión.

La medida se basa en el hecho de que, si bien se promueven como productos de riesgo reducido, hasta el momento ningún estudio independiente ha demostrado que sean inocuos para la salud. Al contrario, algunas investigaciones han comprobado que contienen muchas de las sustancias tóxicas que poseen los cigarrillos comunes, en algunos casos en mayor grado de concentración.

La prohibición que entrará en vigencia a partir de este martes, comprende tanto el dispositivo como los cartuchos y barras de tabaco para ser calentadas en dichos sistemas. En los considerandos de la normativa, se explica que, en un contexto de retracción del consumo de productos de tabaco en muchos países del mundo, las compañías tabacaleras y otras empresas introdujeron en el mercado nuevos productos alternativos, como los dispositivos electrónicos para fumar o inhalar aerosoles con o sin nicotina, que son los llamados cigarrillos electrónicos (CE) y más recientemente los productos de tabaco calentado (PTCs).

Aunque los cigarrillos electrónicos y los PTCs tienen una apariencia similar y ambos son considerados Nuevos Productos de Tabaco y Nicotina (NPTyN), no son lo mismo.

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