Fuente: Ámbito Financiero
La provincia de Mendoza no adherirá a la Resolución N” 1.632/13 dictada por el Ministerio de Salud de la Nación, que reglamenta cuáles son los productos que pueden vender las farmacias.
Desde el distrito que lidera Francisco «Paco» Pérez aseguraron que la decisión se tomó debido a que la provincia ya cuenta con legislación específica en la materia.
La Ley Nacional 26.567, promulgada en 2009, establece que «la preparación de recetas, la dispensa de drogas, medicamentos, incluidos los denominados de venta libre y de especialidades farmacéuticas, cualquiera sea su condición de expendio, sólo podrán ser efectuadas en todo el territorio de la nación en farmacias habilitadas». El proyecto sancionado además expresa que «los medicamentos denominados de venta libre deberán ser dispensados personalmente en mostrador por farmacéuticos o personas autorizadas para el expendio».
El presidente del Colegio Farmacéutico de Mendoza, Luis Salvi, aseguró que «muchos productos que están relacionados con la higiene o el tratamiento corporal o personal deben seguir siendo expendidos, pero hay otros que no se compatibilizan con la filosofía real de una farmacia «. Según Salvi, muchas farmacias «han tenido situaciones limitadas de rentabilidad que las han obligado a echar mano a otros rubros», y destacó que las mismas «necesitan tener otros rubros para poder sobrevivir» en la lógica del mercado.









