A un año del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre abortos no punibles, trece provincias lo acataron total o parcialmente y diez aún no. Sin embargo, en muchas, aunque no dispongan formalmente de un protocolo sobre el tema, los hospitales están realizando la práctica.
La mayor o menor concreción del tema en cada región expresa la puja entre sectores democráticos y conservadores de la población que se expresa en manifestaciones públicas, debates legislativos, medios de comunicación y explicitación de objeción de conciencia de parte de profesionales. Si lo comparamos con dos o tres años atrás, cuando el tema no pasaba de casos aislados que se presentaban en diferentes regiones del país –apoyados por organizaciones de la sociedad civil– o de la presión de organismos internacionales que cuestionaban la actuación del Estado en relación con el tema, hemos avanzado mucho. Claro que todavía queda trecho por delante. Pero que a la fecha, a menos de un año de un fallo ejemplar desde el punto de vista de los Derechos Humanos, haya instituciones de salud en varias provincias que brindan este servicio, es parte de la construcción de un país más democrático y libre especialmente para las mujeres, que ahora no están obligadas a continuar con un embarazo producto de una violación, ni cuando su salud está en riesgo, como le pasó a Ana María Acevedo, asesinada por el sistema médico en 2007 porque se negaron a practicarle un aborto incompatible con el tratamiento que necesitaba para tratar un cáncer en la mandíbula. Sin contar las consecuencias sociales, económicas y emocionales de semejante arbitrariedad, ya que Ana María tenía tres hijos a los que criaba sola, con ayuda de su familia.
Según una investigación reciente realizada por la Asociación por los Derechos Civiles, cinco provincias del país respondieron al fallo de la Corte Suprema de Justicia adoptando a nivel provincial la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles –elaborada por el Ministerio de Salud de la Nación y que cumple con los mismos estándares de salud y derechos previstos en el fallo de la Corte Suprema– o elaborando protocolos propios totalmente garantistas; ocho en cambio aprobaron protocolos para la atención de abortos no punibles con menores derechos que los previstos en el fallo; y diez aún no adoptaron ninguna decisión sobre el tema. Las que cumplieron son Chubut (donde tuvo inicio la causa judicial que terminó en el fallo de la Corte), Santa Fe, Chaco, Jujuy y Tierra del Fuego. Cumplieron parcialmente Salta, Entre Ríos, La Pampa, Córdoba, provincia de Buenos Aires, Ciudad de Buenos Aires, Río Negro y Neuquén (aprobando a través de los poderes ejecutivos o legislativos protocolos que en muchos casos ponen enormes trabas para la concreción de las prácticas) y aún no hicieron nada Mendoza, San Luis, Misiones, La Rioja, Santiago del Estero, Tucumán, Formosa, Corrientes, Catamarca y San Juan.
Sin embargo, que no hayan aprobado formalmente protocolos no quiere decir que en esas provincias no se estén realizando abortos no punibles, y esa es la buena noticia.
Así como hay instituciones de salud en las que los equipos completos se declararon objetores de conciencia, como el Hospital Universitario de Maternidad de Córdoba o el Hospital Centeno de General Pico (La Pampa), hay otras –como Santiago del Estero, Jujuy, Mendoza, Chubut, Neuquén, Ciudad de Buenos Aires, Santa Fe, Provincia de Buenos Aires, y podríamos seguir–, donde –mayormente con mucha discreción en relación con la difusión en los medios de comunicación– hay médicas y médicos comprometidos que vienen haciendo cumplir este derecho de las mujeres previsto en nuestro ordenamiento jurídico, en muchos casos con el apoyo también silencioso de los poderes ejecutivos locales.
La mención a los medios de comunicación no es menor. En todas las provincias donde hubo mediatización de los casos, los sectores fundamentalistas intentaron impedirlos. Tenemos el mejor ejemplo en la Ciudad de Buenos Aires, donde en octubre de 2012 el jefe de gobierno Mauricio Macri pretendió ufanarse de la puesta en práctica del protocolo aprobado durante su gestión –restrictivo en relación con el fallo de la Corte– y anunció públicamente que una mujer víctima de trata de personas accedería a un no punible. Inmediatamente, una organización fundamentalista presentó un amparo que fue avalado por una jueza y debió intervenir nuevamente la Corte Suprema para poner las cosas en su lugar y que se respetaran las correctas interpretaciones del artículo 86 del Código Penal que regula los abortos no punibles: la práctica debía hacerse sin demora en un hospital porteño.
Con mayor o menor respaldo político de los ejecutivos provinciales, con mayor o menor presión de los sectores conservadores (mucho más arraigados en el norte que en el sur del país), con mayor o menor apoyo de los equipos de salud, el fallo de la Corte Suprema se viene haciendo camino para que las mujeres argentinas por fin podamos disponer en libertad de un derecho que nuestra legislación nos garantizó desde 1921, aunque hasta el 2012 el Estado –en ninguno de sus tres poderes– se había ocupado de que se cumpliera.
TIEMPO ARGENTINO – ARGENTINA
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